La LOPDGDD o Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, regula el tratamiento de los datos de carácter personal. Su propósito es garantizar que todas las personas puedan conocer y tener un control sobre el uso que se está dando a sus propios datos, cuando estos se ceden a empresas, asociaciones u organizaciones. Consiste en una adaptación al anterior reglamento europeo con el fin de unificar el tratamiento de los datos a toda la Unión Europea.
Los datos personales en el mundo digital
Para adaptarse al mundo actual, la LOPDGDD añade la “Garantía de los Derechos Personales”.
Hasta hace no mucho, la protección de datos en Internet no se respetaba correctamente. Muchas empresas que trabajaban online no cumplían con las leyes en cuanto a la protección de datos. A veces por falta de unificación en cuanto al resto de países y otras, por falta de control de las autoridades pertinentes.
Antes, el tratamiento de los datos era mucho menos cuidadoso, utilizando datos de terceros sin consentimiento previo. Actualmente esto sería impensable, la LOPDGDD prohíbe las casillas premarcadas, por lo que el consentimiento debe ser siempre consciente y voluntario.
En este artículo vamos a numerar las nuevas garantías de los derechos digitales y más específicamente, en el ámbito laboral.
Derecho a un acceso universal y sin discriminación a Internet
Derecho a la seguridad y la confidencialidad de las comunicaciones que se lleven a cabo en Internet
Inclusión del mundo digital y la seguridad en el mismo en el sistema educativo
Protección de menores en cuanto a la difusión de información e imágenes de los mismos
Los responsables de redes sociales o similares deberán posibilitar a sus usuarios eliminar los contenidos que estos crean oportunos, especialmente si atentan contra el derecho al honor o la intimidad.
Derecho a que los motores de busca de Internet eliminen de sus listas aquellos resultados inadecuados o inexactos.
Derecho a que sean eliminados los datos personales facilitados para su publicación en redes sociales, además de poder requerir la infromación facilitada a estos servicios.
Las personas vinculadas a una persona fallecida podrán solicitar el acceso al contenido de dicha persona, a no ser que se haya prohibido de forma expresa.
Por último, las instituciones públicas mejorarán el acceso a Internet y las competencias digitales para todos los ciudadanos.
Uso de dispositivos
Todos los trabajadores tienen derecho a la intimidad aunque se estén usando dispositivos de la propia empresa. Ésta tiene la obligación de establecer determinados criterios de uso para que la intimidad sea respetada y a su vez se cumplan con las obligaciones laborales.
Desconectar digitalmente
Se establece el derecho a de desconexión digital fuera del horario de trabajo, para garantizar el tiempo de descanso oportuno.
La videovigilancia en el lugar de trabajo está autorizada bajo determinadas circunstancias tales como el control de los trabajadores establecido en el Estatuto. Sin embargo, está completamente prohibido la instalación de dichas cámaras en lugares establecidos para el descanso de los trabajadores, así como la grabación con sonido si no es absolutamente necesario para garantizar la seguridad de las personas.
Geolocalización
Las empresas tienen como obligación informar a sus trabajadores acerca del uso de este tipo de sistemas y sus derechos.
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